Ley de Arrendamientos plantea que pago por alquiler se use como cuota inicial
Ley de Arrendamientos Inmobiliarios
AN aguarda decisión del TSJ para aprobar la Ley de Preventa Inmobiliaria
El primer vicepresidente del Parlamento, Darío Vivas, señaló que están preparando la modificación de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y adelantó que en ese texto se realizarán ajustes al derecho de preferencia de los inquilinos a fin de permitir que parte de los pagos por los alquileres sean considerados como cuota inicial en la compra de las viviendas.
El parlamentario señaló que “la intención es que el derecho de preferencia no se ejerza cuando el propietario vaya a vender la vivienda, que se aplique antes. Eso significa que después de un período de tiempo el dinero pagado por el alquiler sea usado como una inicial”.
Ello implicaría establecer límites en la ley, es decir, que hasta un determinado lapso se considerarán las cancelaciones hechas por los inquilinos como alquiler y luego como inicial.
En el marco legal vigente, existe el derecho de preferencia. Cuando el propietario de un inmueble quiere venderlo, la primera opción le corresponde al inquilino, pero ahora los diputados quieren ir más allá.
El Primer Mandatario ha reiterado en los últimos meses que el Parlamento tiene que reformar los textos para permitir que aquellas familias con más de 20 años arrendadas sean propietarias de los inmuebles.
Ante esa petición, el Ministerio de Obras Públicas llegó a preparar un proyecto de resolución en el cual se contemplaban desde ventas voluntarias hasta ventas forzadas de las viviendas, y un ente estatal sería el encargado de fijar los precios de las unidades habitacionales.
El primer vicepresidente de la Asamblea apuntó que efectivamente existe una propuesta por parte del despacho que estaría por revisarse, y agregó que de todas maneras están realizando consultas a diferentes organizaciones para terminar de definir los cambios en la Ley de Arrendamientos. No precisó para cuándo se presentaría la propuesta a la plenaria.
A la espera del TSJ
En relación con el proyecto de Ley de Preventa de Viviendas, el diputado dijo que, si bien el texto fue aprobado en primera discusión, se está esperando por la decisión del Tribunal Supremo de Justicia en relación con el cobro del Indice de Precios al Consumidor en contratos de preventa inmobiliaria.
Aunque el Ministerio de Obras Públicas y Vivienda prohibió el cobro del indicador en julio del pasado año, el máximo tribunal admitió un recurso que fue presentado por las organizaciones de usuarios.
Vivas expresó que “para poder realizar el informe para segunda discusión tenemos que esperar el pronunciamiento del TSJ para ver los daños causados, el TSJ puede resolver algunos aspectos que no se pueden hacer a través de la Ley”.
Esa revisión de “los daños causados”, consistiría en autorizar el reintegro a los compradores de lo pagado en exceso por la aplicación del Indice de Precios al Consumidor.
Según el diputado, “se pueden realizar devoluciones y esos recursos, por ejemplo, se pueden utilizar para amortizar los financiamientos”. A su juicio ya existe un antecedente de retroactividad con el caso de los créditos indexados. En esa oportunidad los bancos debieron recalcular los préstamos.

